Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/315328
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 12 de abril de 2002, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 31/2002-PS en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
315328
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1278

ABOGADOS, DELITOS DE LOS.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1278

Precedentes

Amparo penal en revisión 3124/28. Olvera Tamborrel Rubén. 2 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: Por ejecutoria de fecha 12 de abril de 2002, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 31/2002-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 315328