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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315331
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1304
USURPACION DE FUNCIONES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1304
En el Estado de Tabasco, para que pueda existir el delito de usurpación de funciones, es requisito indispensable que el puesto usurpado sea de gobierno legítimo, de modo que si por causa de una perturbación revolucionaria, un lugar no queda bajo el control del gobierno legítimo, no puede existir la perturbación de poderes.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2487/24. López Diógenes. 3 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente