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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315354
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1580
MINISTERIO PUBLICO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1580
El Ministerio Público como tal, no es sujeto capaz de tener garantías individuales; y por tanto, no pueda considerársele como agraviado, para los efectos del artículo 107 de la Constitución.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1516/25. Ministerio Público Federal. 19 de julio de 1929. Mayoría de tres votos. Excusa: Francisco Barba. Disidente: Carlos Salcedo. Relator: Fernando de la Fuente.