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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315388
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1951
SALVOCONDUCTOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1951
Los salvoconductos que expiden las autoridades militares, carecen de fuerza jurídica para establecer la inocencia del individuo a quien se otorgan, pues el criterio de dichas autoridades sólo expresa una opinión desprovista de trascendencia legal, ya que únicamente al Ministerio Público y a los tribunales compete, respectivamente, ejercitar la acción penal y declarar si existe el delito y la responsabilidad del inculpado e imponer la pena correspondiente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2327/25. Gamiochipi Ignacio. 6 de agosto de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.