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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315411
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2189
SUCESIONES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2189
Contra la resolución que tenga como personero de uno de los interesados, a quien se considera que no tiene capacidad legal para representarlo, procede conceder la suspensión mediante fianza, sin que esto implique que se prive de personalidad a dicho interesado, pues solamente se evita el peligro que a la sucesión pueda causarse con la ilegal intervención del personero.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1836/29. Mendiboure Pedro, sucesión de. 17 de agosto de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.