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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315440
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 161
APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 161
La apreciación de las pruebas, sólo pueden dar lugar al amparo, en los casos que especifica la jurisprudencia de la Corte.
Precedentes
Tomo XXV, página 2400. Indice Alfabético. Amparo directo 2278/25. Sacamea J. Dolores. 23 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXV, página 161. Amparo penal directo 90/20. Candia Francisco. 17 de enero de 1929.Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.