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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315450
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 218
APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 218
El uso de las facultades que al Juez concede la ley para apreciar las pruebas en materia penal federal, no implica violación de garantías, si para dicha apreciación el Juez se sujeta a las reglas que establece la misma ley.
Precedentes
Amparo penal directo 493/21. Macías Alejandro. 19 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.