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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315455
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 251
PROCESOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 251
La Ley de Amparo considera que se violan las leyes del procedimiento en el proceso, y se priva al quejoso de defensa, cuando seguido el juicio por un delito determinado, se juzga al reo por otro diverso; pero no se considera que el delito por el que se sentencia es diverso, si sólo difiere en grado del que fue materia del proceso.
Precedentes
Amparo penal directo 556/28. Trejo Dámaso. 21 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.