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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315467
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 503
DETENCION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 503
Aun cuando las autoridades militares aleguen que han puesto al detenido a disposición de otra autoridad, si ésta les está subordinada y no ha girado al Juez militar correspondiente, la orden de proceder respectiva, para los efectos de la suspensión debe entenderse que el quejoso se encuentra aún a disposición del jefe superior que lo detuvo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. López Juan. 1o. de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.