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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315469
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 555
PENA CAPITAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 555
Es evidente que un simple error de imprenta, no puede variar el texto auténtico de la Constitución, en el que, de manera expresa se establece que "sólo podrá imponerse la pena de muerte.... al homicida con alevosía, premeditación o ventaja..." como ya lo ha resuelto la Suprema Corte en diversas ejecutorias, que forman jurisprudencia, no siendo por tanto, necesaria la concurrencia de las tres calificativas.
Precedentes
Amparo penal directo 4306/28. León Toral José de. 6 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.