Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/315483
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315483
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 619
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 619
Cuando aún no ha sido ejecutada, la suspensión que contra ella se conceda, surtirá sus efectos tan luego como el quejoso se presente al Juez del amparo, para que éste tome las medidas de aseguramiento que la ley previene.
Precedentes
Amparo penal. Martínez Mucio. 8 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.