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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315487
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 662
INSUBORDINACION CON VIAS DE HECHO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 662
La reducción que de la pena correspondiente, manda hacer la ley penal militar, sólo cabe cuando se llenan los siguientes requisitos: que el superior cometa algún acto ilegal contra el inferior que se insubordina, o que aquél se exceda en sus facultades, y que el inferior cometa súbitamente el delito.
Precedentes
Amparo penal directo. Valencia Leonardo. 12 de febrero de 1929. Mayoría de tres votos. Disidente: Enrique Osorno Aguilar. Excusa: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.