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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315492
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 674
PROCESOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 674
La garantía que consagra la fracción V del artículo 20 constitucional, de que se reciban al procesado los testigos que ofrezca, debe entenderse que se refiere a testigos que se encuentran en el lugar del proceso.
Precedentes
Tomo XXV, página 2575. Indice Alfabético. Amparo directo 2581/22. Betancourt Bernardino. 8 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Carlos Salcedo.
Tomo XXV, página 674. Amparo penal directo 559/27. Didapp Alberto. 12 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.