Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/315495
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315495
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 674
CAREOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 674
La garantía relativa a los careos de los testigos con el reo, requiere de una manera imprescindible, la voluntad de éste para ser careado, puesto que, establecida en favor, puede renunciarla, si estima que así conviene a su defensa; además, dicha garantía se refiere a careos con testigos que se encuentran en el lugar del juicio.
Precedentes
Amparo penal directo 559/27. Didapp Alberto. 12 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.