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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315500
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 716
INSUBORDINACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 716
Para que exista la insubordinación, se necesita que concurran los elementos constitutivos siguientes: que el que la comete sea militar; que el ofendido sea superior en categoría y mando; y que el mismo porte sus insignias o que el ofensor lo conozca o deba conocerlo, y que el autor del delito falte al respeto o sujeción que debe a su superior.
Precedentes
Amparo penal directo 601/23. Serrano Crescencio. 13 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.