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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315510
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 779
PRESUNCIONES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 779
No pueden tenerse como tales, las que no son consecuencia lógica del hecho conocido y demostrado, y, por lo mismo, no pueden servir para fundar una sentencia.
Precedentes
Amparo penal directo 3234/28. Gómora Ascención. 15 de febrero de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.