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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315536
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1009
ABUSO DE CONFIANZA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1009
No es indispensable en términos absolutos que el autor del delito de abuso de confianza haya recibido directamente del ofendido, la cantidad de dinero de que hubiere dispuesto, para que haya delito, sino que basta con que lo reciba de otra persona cualquiera, siempre que sea por virtud de contrato celebrado con el ofendido.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3930/28. Wit Guillermo O. de. 26 de febrero de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos Salcedo y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.