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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315573
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1292
MALVERSACION DE HABERES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1292
Constituye una excluyente de responsabilidad en este delito, que el infractor obre por indicación o mandato del superior, a quien juzgue que debe obedecer, ya por respeto, por subordinación o por no entorpecer los actos del servicio; y aun cuando la orden constituya un delito, la exculpante subsiste si esa circunstancia no es notoria.
Precedentes
Amparo penal directo 1577/19. Santibáñez Alberto y coagraviado. 7 de marzo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos Salcedo, se excusó para conocer de este asunto. La publicación no menciona el nombre del ponente.