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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315588
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1507
CONFESION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1507
La confesión calificada del reo puede aceptarse en lo que le es favorable, si no está contrariada por presunciones que a juicio del sentenciador, la hagan inverosímil; y la ley procesal del distrito, vigente en Nayarit, deja al criterio del tribunal, admitir la verosimilitud o inverosimilitud e esa confesión, cuando haya prueba o presunción en contrario.
Precedentes
Amparo penal directo 2868/27. Navarro Jordán Alejandro. 14 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.