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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315609
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1793
FRAUDE AL ERARIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1793
El fraude al erario se castiga administrativamente, sólo cuando queda como delito frustrado, mas cuando se consuma, cae dentro de las sanciones de la ley penal.
Precedentes
Amparo penal directo 2048/24. Zapata Oblester. 2 de abril de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.