Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/315618
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315618
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1877
PENSIONES PERIODICAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1877
El derecho apercibir pensiones periódicas, es un acto sucesivo, y por tanto, contra la resolución que impida que las cobre quien se juzga con derecho a ello, procede la suspensión mediante los requisitos de ley.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3455/28. Vidal Carlos A., sucesión de y coagraviado. 9 de abril de 1929. Mayoría de tres votos. Disidente: Carlos Salcedo. Excusa: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.