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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315653
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2208
PRUEBAS EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2208
Cuando se trata de una orden de aprehensión, toca a la autoridad responsable la prueba de la legalidad del acto, sin que sea necesario que el quejoso pruebe su inocencia, porque esto equivaldría a obligarlo a probar que no era culpable; hecho negativo que escapa a la posibilidad de la prueba.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3834/28. Lozano Rodolfo. 24 de abril de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.