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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315682
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 48
TERRENOS NACIONALES Y DEMASIAS, DESPOSEIMIENTO INFUNDADO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 48
La orden del Secretario de Agricultura y Ganadería de tomar posesión a nombre de la Nación de ciertos terrenos considerados como nacionales y su ejecución, sin llenar los requisitos siguientes: 1o. estudiar el expediente formado con motivo de las operaciones de deslinde respectivo tanto desde el aspecto técnico topográfico como desde la titulación exhibida por los interesados; 2o. basar en dicho estudio la resolución que defina la existencia o no de las demasías relacionadas; 3o. dar a conocer tal resolución a los interesados; y 4o., ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Federación en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 68 de la Ley de Terrenos Baldíos Nacionales, Demasías y Excedencias, a cuyas disposiciones deben ajustarse los procedimientos en su fase final, evidentemente que aquella orden y su ejecución por parte de la Dirección de Terrenos Nacionales, sin llenar los requisitos apuntados, es violatoria de garantías, porque priva a la sociedad quejosa de sus posesiones, sin que haya mediado juicio en el que se hayan cumplido las formalidades esenciales del procedimiento.
Precedentes
Amparo en revisión 3211/54. Inversiones en el Noroeste, S. de R. L. y otras. 5 de abril de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.