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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315692
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 87
SEGUROS, FACULTADES DEL ARBITRO PARA DECIDIR UNA RESOLUCION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 87
Las funciones de un árbitro cuando tiene que resolver una cuestión técnica, no consisten en que abdique de sus facultades de resolución, para obligarlo a caer en la repetición servil del dicho de los peritos; sino que estriban en la obligación de valorizar dicha prueba, para que, a continuación, si el resultado no le es satisfactorio y el árbitro encuentra otros medios que lo lleven a determinado convencimiento, ejerza su facultad de resolver el negocio en la forma que lo estime prudente. Entender las funciones del árbitro con limitaciones, equivaldría a negarle su carácter de jugador con facultades para resolver el problema que se le planteó, tornándolo en un simple compilador de las pruebas presentadas, esto es, sin facultad para apreciarlas, según su criterio.
Precedentes
Amparo en revisión 6743/56. Aseguradora Agrícola Industrial Reforma, S. A. 11 de abril de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.