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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315725
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 260
LEY DE INGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL PARA 1948 Y DE HACIENDA DE 1946. NO SON AUTOAPLICATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 260
Las Leyes de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el año de 1948 y la de Hacienda para el de 1946, no son ordenamientos que, por sí mismos o por su propia vigencia, traigan aparejado un principio inmediato de ejecución, sino que precisan de actos posteriores de la autoridad administrativa que las hagan posibles, en su aplicación, concreta y particularmente.
Precedentes
Amparo en revisión 6367/48. La Madrileña, S. A. 6 de mayo de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.