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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315730
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 267
NOTARIOS. VALOR DE SUS ACTUACIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 267
Es absurdo el criterio de que, al solicitar de un Notario la fe de hechos, se necesitaría llamar a quienes pudieran tener interés, fundado o no, en ese acto notarial, y de allí que agravia el desconocimiento del valor probatorio de esos documentos públicos, los que solo pierden su valor cuando se declara judicialmente la existencia de una simulación.
Precedentes
Amparo en revisión 3192/56. Autotransportes de Primera Clase México Tepic, S. A. de C. V. y Coags. 9 de mayo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.