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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315746
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 301
AGENTES ADUANALES, SOLIDARIDAD EN LA RESPONSABILIDAD ENTRE COMITENTES Y.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 301
La solidaridad en la responsabilidad de que habla el artículo 47 de la Ley Aduanal, rige mientras el Agente Aduanal y el comitente se encuentran ligados por la operación que se realiza, pero una vez que ésta ha terminado con el pago de los impuestos y la entrega del comprobante respectivo, la responsabilidad existirá sólo respecto del Agente Aduanal y de los empleados que se han prestado a entregar un recibo por una cantidad que quizá no hayan recibido, pues de otra manera y mientras no se demuestre que el recibo que tiene en su poder el comitente es falso, es claro que tratándose de un documento público expedido en el ejercicio de las funciones de una autoridad, el mismo hace prueba plena; por lo que debe tenerse por demostrado que la parte actora sí cubrió correctamente los impuestos de que se trata y que no existe la solidaridad de que habla el precepto legal citado.
Precedentes
Revisión fiscal 473/56. "Busqueta Hermanos", Sucesores. 5 de junio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.