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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 409
POZO, TARDANZA NO IMPUTABLE EN EL CEGAMIENTO DE UN.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 409
La tardanza en el cegamiento de un pozo no es imputable al actor, que impugna la multa impuesta con tal motivo, si no existe constancia alguna en el expediente administrativo de que se le hubiera dado instrucciones para proceder a tal cegamiento.
Precedentes
Revisión fiscal 86/57. Antonio Cobo y Cobo. 17 de junio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.