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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315796
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 498
DONACIONES, VALIDEZ DEL CERTIFICADO CATASTRAL PARA AVALUOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 498
La argumentación de que el certificado catastral exhibido sea deficiente, no invalida las consideraciones que tuvo en cuenta la Sala del Tribunal Fiscal de la Federación para estimarlo completo, por no faltarle nada, y que se le tache de deficiente alegando antigüedad, no implica deficiencia ni desde el punto de vista legal ni gramatical, máxime si la propia recurrente admite que el artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre Donaciones de 25 de abril de 1934, ordena la práctica del avalúo del bien donado cuando no exista valor catastral o que sea deficiente el que se proporciona; y si en el caso ha quedado demostrada la existencia del valor catastral en el certificado y también se ha demostrado que dicho instrumento no es deficiente, por no faltarle nada, es lógico concluir que no se desvirtúan los fundamentos legales de la sentencia ni se demuestra que esta haya sido violatoria de disposiciones legales de fondo o forma.
Precedentes
Revisión fiscal 151/56. Carlos I. Serrano y Coags. 30 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.