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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315798
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 11
MARCAS, SIMILITUD O SEMEJANZA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 11
El artículo 71 del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial enumera las clases de productos o artículos que pueden ser amparados por una marca, y la similitud o semejanza de éstos sólo puede encontrarse en los artículos o productos comprendidos dentro de una misma clase; pero no puede darse esa similitud o semejanza entre artículos que queden comprendidos en diversas clases de las enumeradas en el precepto indicado, porque dicha división en clases se debe, precisamente, a que cada uno de ellos comprende artículos semejantes o similares entre sí, pero diferentes a los artículos que queden comprendidos en las otras clases. En consecuencia, cuando se trata de artículos que no son similares, podrán registrarse las marcas aun cuando éstas sean idénticas a otras anteriormente registradas y vigentes.
Precedentes
Amparo en revisión 1832/56. Cluett Peabody and Co. Inc. 4 de enero de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.