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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315853
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 177
RESINA, ALCANCE DEL IMPUESTO A LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 177
El impuesto a la resina, que afecta a la brea y al aguarrás, se cubre indistintamente sobre uno u otro producto. Si la guía, como dice la Secretaría se expide para tributar sobre ella, cuando se ha extendido a la brea y al aguarrás se reconoce que el tributo se causa también sobre estos productos, aun cuando sólo sea por medidas de control y por esa causa el artículo 3o. del Reglamento establece las equivalencias entre la brea, el aguarrás y la resina.
Precedentes
Revisión fiscal 215/56. "Unión Nacional de Resineros", A. C. 25 de enero de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.