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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315856
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 305
INGRESOS MERCANTILES. APLICABILIDAD DE LA LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE, PREFERENTEMENTE AL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 305
En los artículos 1o. y 76 del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, respectivamente, se consagra el principio general de derecho, consistente en que existiendo dos ordenamientos, uno general y otro especial, se aplicará este último, preferentemente, y sólo que él no contenga disposición expresa aplicable, se estará a lo dispuesto en el ordenamiento general. Ahora bien, si en la especie la ley especial es la Ley Federal del Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles, y si ella no existe omisión alguna sino que la misma regula expresamente el acto objeto de la litis, se concluye lógicamente que dicha ley debe ser la aplicable y no la ley general, que en el caso es el Código Fiscal.
Precedentes
Amparo en revisión 5108/56. Central Willis, S. A. 7 de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.