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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315871
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 312
JUICIOS DE NULIDAD. VARIACION DE LA LITIS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 312
Si la autoridad promovente del juicio de nulidad alegó que se había hecho una incorrecta aplicación del artículo 14 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 1953, es claro que la Sala del Tribunal Fiscal de la Federación que conoció de dicho juicio de nulidad para nada tenía que hacer consideraciones con relación al artículo 24 de la Nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta, en virtud de que este precepto legal no fue el fundamento de la resolución cuya nulidad se solicitó, por lo que al hacerlo varió la litis planteada.
Precedentes
Revisión fiscal 149/56. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 7 de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.