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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315896
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 414
INFORMES FALSOS DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES, IMPUGNACION INCIDENTAL DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 414
Si el quejoso estima que son falsos los informes de las autoridades responsables, para objetarlos debe seguir el procedimiento incidental a que se refiere el artículo 153 de la Ley de Amparo, y si no lo hace, esto es a su perjuicio.
Precedentes
Amparo en revisión 6225/56. Ignacio López Ramírez. 21 de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.