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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315938
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 543
ARTICULOS, ERRORES DE CITAS DE, EN LA SENTENCIAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 543
Si un juez de Distrito citó equivocadamente el artículo 204 de la Ley de la Propiedad Industrial como violado, en lugar de hacer mención al 206, esta cita no puede considerarse sino como un error que en ninguna forma modifica o altera el sentido de los argumentos formulados por él en su sentencia, aparte de que sería ocioso recurrirla para que se corrija un error intrascendente.
Precedentes
Amparo en revisión 7204/56. Embotelladora Peninsular, S. A. 8 de marzo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.