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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315948
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 553
TRANSITO FEDERAL, VALOR DE LAS INVESTIGACIONES Y SUSPENSIONES DE INSPECTORES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 553
Si el Departamento de Tránsito Federal gira órdenes de suspensión de servicio condicionadas a una investigación previa para la comprobación de la veracidad de los hechos, y si esta comprobación se deja en último extremo al criterio de un inspector, con facultad decisoria para suspender el servicio, en estas condiciones, el proceder de la Jefatura de Tránsito Federal revela que obra sin justificación legal alguna, pues debe reunir los elementos indispensables para juzgar si existía la prestación de servicio fuera de ruta autorizada, y, normando así su criterio, podía, en su caso, haber dictado acuerdo de suspensión razonando en debida forma su proveído. Al no haberlo hecho así, debe estimarse que violó en perjuicio de la quejosa la garantía estatuida por el artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión 6565/55. "Tres Estrellas de Oro", S. C. L. 11 de marzo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.