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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315984
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 16
PILOTAJE OBLIGATORIO. NO PONE TRABAS A LA LIBRE NAVEGACION EN AGUAS TERRITORIALES MEXICANAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 16
La disposición de la Secretaría de Marina que obliga a Petróleos Mexicanos a usar los servicios de los pilotos de puerto para la carga y descarga de buques tanques en los cargadores de petróleo, propiedad de dicha empresa, no pone trabas a la libre navegación en aguas territoriales mexicanas, ya que lo único que persigue es dar un máximo de seguridad a las embarcaciones que entren o salgan en el puerto al obligar a que las operaciones de que se trata se hagan por personas que conocen con exactitud los lugares peligrosos del puerto y que no aparecen en las cartas náuticas.
Precedentes
Amparo en revisión 3467/55. Petróleos Mexicanos. 1o. de octubre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.