Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/315998
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315998
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 98
PULQUERIAS, CLAUSURA Y NEGATIVA DE REVALIDACION DE LICENCIA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 98
Si la negativa a contestar la solicitud de la revalidación de licencia, de una pulquería, se reclamó del Secretario General del Departamento del Distrito Federal, y también el Jefe de la Oficina de Licencias, para conceder el amparo no es preciso que se impugnara el reglamento para expendios de pulque, puesto que basta con que el acto no haya estado, como ocurrió, fundado en este reglamento, para que procediera la protección de la justicia federal en favor de la quejosa, y que los intereses jurídicos de esta no se afectan o dejan de afectarse porque la falta de revalidación de licencia de su pulquería no sea imputable a ella, sino porque para clausurársela no se ajustaron las autoridades al reglamento para expendios de pulque, que establece, en favor de la quejosa, las formalidades esenciales del procedimiento que debieron mediar en la clausura.
Precedentes
Amparo en revisión 998/56. Guadalupe Hernández Rodríguez. 5 de octubre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.