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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 504
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. RETROACTIVIDAD DEL ARTICULO 2o. TRANSITORIO DE LA LEY DE 28 DE DICIEMBRE DE 1939.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 504
Al gravar el artículo 2o. transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, sobre el superprovecho, ingresos percibidos con anterioridad al 28 de diciembre de 1939, fecha en que entró en vigor, afecta hechos realizados antes de su vigencia, pues los resultados de los balances practicados después de que entró en vigor, sólo reflejan las operaciones realizadas con anterioridad y, en consecuencia, su aplicación es retroactiva, y, por lo mismo contraria al artículo 14 de la Constitución Federal.
Precedentes
Amparo en revisión 5818/55. Tabaco en Rama, S. A. 15 de noviembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.