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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316090
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 673
AUTOMOVILES DE ALQUILER, FORMALIDADES PARA OTORGAR PERMISOS PARA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 673
Los artículos 2o. y 3o. de la Ley de 29 de diciembre de 1951, que previenen que el transporte de pasajeros en estos vehículos no puede prestarse sino mediante permiso que otorgue el Departamento del Distrito Federal y que esta autoridad debe oír a las organizaciones de permisionarios antes de resolver sobre la extensión de nuevos permisos, no violan las disposiciones constitucionales sobre monopolios, pues para que este acontezca se necesita que haya aprovechamiento exclusivo de alguna industria o comercio en manos bien determinadas.
Precedentes
Amparo en revisión 5021/54. Aurelio de la Fuente Flores y coags. 5 de diciembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.