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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316102
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 13
MONEDA EXTRANJERA, DIFERENCIAS NO GRAVABLES DE OPERACIONES EN.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 13
Si la revaluación de las cuentas de activo y pasivo correspondientes a operaciones de la negociación promovente del juicio fiscal de nulidad efectuadas en dólares, arrojó por alza del tipo de cambio respectivo un aumento con respecto al valor que tuvieran tales operaciones conforme al tipo que regía en la fecha de ellas, indudablemente que tal aumento no es ningún ingreso, pues proviene exclusivamente del alza en el cambio, misma razón por la que tampoco proviene, hablando estrictamente, de alguna de las operaciones referidas. Entender dicha situación de otro modo, sería tanto como considerar ingresos respecto a un comerciante, el alza que tuviera en el mercado el precio al cual compró las mercancías existentes en su negocio, lo que es completamente absurdo. Agrégase a esto que la sociedad anónima promovente del juicio fiscal bien pudo gastar los dólares de que se trata, antes que el tipo de adquisición hubiera subido (nada obliga legalmente a suponer lo contrario) y, entonces, además, resultaría que la resolución combatida en el juicio de nulidad, pretende gravar a la quejosa por un beneficio que no se demostró que hubiera llegado a obtener.
Precedentes
Revisión fiscal 116/55. Establecimientos Mexicanos Colliere, S. A. 2 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.