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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316154
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 256
AGUAS, RECURSO CONTRA RESOLUCION SOBRE CONCESION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 256
Si la responsable ordenadora comunicó a la parte quejosa la resolución impugnada, la negativa de ejecución de la otra responsable, o la inminencia de ejecución, tal comunicación es intrascendente, ya que también queda supeditada a la resolución definitiva de la reclamación que se interponga, debido a que, la simple interposición del medio de defensa, suspende el procedimiento administrativo.
Precedentes
Amparo en revisión 1629/56. Adolfo Totolhúa y coags. 25 de julio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.