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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316172
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 350
COMPETENCIA DE UN JUEZ DE DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL EN AMPARO CONTRA ACTOS QUE NO HAN EMPEZADO A EJECUTARSE EN LOS ESTADOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 350
No habiéndose comenzado a ejecutar los actos reclamados, en ninguna de las jurisdicciones que comprenden las residencias de las responsables a quienes se atribuye la ejecución, resulta, según las reglas contenidas en el artículo 36 de la Ley de Amparo, especialmente, en su cuarto y último párrafo, que la competencia se surte, en el caso, a favor del Juez de Distrito en el Distrito Federal, a quien correspondió el turno respectivo, porque las autoridades que expidieron los actor reclamados, residen en esta Capital, porque la ejecución no aparece haber sido iniciada y, porque en la demanda de amparo se consideró la expedición, refrendo y promulgación de los Decretos y Reglamentos reclamados como violatorios de garantías con su sólo dictado y son la base de violaciones posteriores los relativos a la ejecución.
Precedentes
Competencia 46/1956. José Ascención Navarrete. 1o. de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.