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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316196
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 439
FORESTAL, LEY Y REGLAMENTO DE EXPLOTACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 439
El artículo 1o. del Reglamento de la Ley del Impuesto Forestal establece que se entiende como explotación de la vegetación forestal la que tiene por objeto comerciar con los productos que se obtengan de los aprovechamientos respectivos o utilizarlos en fines industriales, y la expresión "tener por objeto", no significa lograrlo, sino tender a él, y si se hubiera pensado de otra manera el legislador hubiera dicho simplemente que se entiende por explotación forestal el comerciar con los productos que se obtengan. Las disposiciones de orden reglamentario no pueden contrariar la ley, y menos si no se llega a demostrar que ésta dispone cosa distinta de su reglamento.
Precedentes
Amparo fiscal 21/55. Impulsora Forestal Peninsular S. de R. L. 9 de agosto de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.