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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316210
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 541
EJECUTORIAS DE LA SUPREMA CORTE CITADAS POR EL JUEZ DE DISTRITO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 541
No importa, jurídicamente, que las ejecutorias que cite el Juez de Distrito no constituyan jurisprudencia, para objetar que las invoque, pues al aplicar el caso el criterio que en ellas se sustenta no lo hace el juzgador por obligación jurisprudencial, sino porque hace suyo dicho criterio y lo sostiene como propio, en la sentencia que se revisa.
Precedentes
Amparo en revisión 5553/55. Dolores Rodríguez y Coags. 20 de agosto de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.