Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/316224
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 639
LEGION DE HONOR, EXPULSION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 639
El artículo 28 del Decreto que creó la Legión de Honor Mexicana, publicado el ocho de febrero de mil novecientos cuarenta y nueve, establece: el legionario que fuere expulsado, puede recurrir la resolución de la Comisión Ejecutiva ante el Secretario de la Defensa, el que fallará en definitiva. Si pues, existe tal recurso cuyo objeto consiste en dictarse una resolución definitiva que muy bien puede ser favorable al interesado, modificando, revocando o nulificando el acto que reclama en juicio de garantías, si no se ha agotado tal recurso en forma previa a la interposición de la demanda de amparo, procede sobreseerlo, con fundamento en la fracción XV del artículo 73, en relación con la III del 74, ambos de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 2242/56. Manuel Pedro Valenzuela. 29 de agosto de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.