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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316244
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 757
EXPORTACION, REQUISITOS AUTONOMOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 757
Si a una empresa o sociedad se le concede simple y llanamente autorización para exportar y luego se le indica que debe obtener el "visto bueno" de una Unión Nacional de Productores, este nuevo acto, al introducir un elemento más que condiciona las exportaciones a la realización de un nuevo hecho, como es la obtención del "visto bueno" de la Unión, que no señalaba el permiso dado con anterioridad, sí es un acto autónomo, mas no una simple aclaración del permiso de exportación; y, por lo mismo, afecta por sí solo los intereses jurídicos de la quejosa, y no es, un acto derivado de otro consentido.
Precedentes
Amparo en revisión 2484/56. Factor Mexicano. 19 de septiembre de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.