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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316248
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 759
MARCAS INDUSTRIALES, CORRECTO SEÑALAMIENTO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 759
En tratándose de resoluciones de nulidad de marcas industriales debe de tenerse como correctamente señalado como responsable al C. Secretario de Economía por ser el Titular de la Dependencia responsable, puesto que el C. Oficial Mayor obra por acuerdo de dicho Secretario y se concreta a firmar el oficio en que se comunica a los interesados la resolución, atentos los términos del acuerdo publicado en el Diario Oficial.
Precedentes
Amparo en revisión 3166/56. G. D. Searlx and Co. 19 de septiembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.