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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
316282
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 831

SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, DEFINITIVIDAD DE COSA JUZGADA DE LAS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 831

Precedentes

Amparo en revisión 2213/56. Ricardo Poimbert Ariztizábal, Sucn. 27 de septiembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Nota: En el Informe de Labores de 1956, Segunda Sala, página 70, esta tesis aparece publicada bajo el rubro: "SENTENCIA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. SU CUMPLIMIENTO POR LAS AUTORIDADES DEMANDADAS."
Registro digital (IUS): 316282