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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 316291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 14
AUTORIDADES RESPONSABLES, REFRENDO Y EJECUCION DE LAS LEYES POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 14
En virtud de que las autoridades que refrendan la ley, tendrán forzosamente que intervenir en la ejecución de ella, pues no termina su acción en su promulgación y refrendo, sino que seguramente tendrán que realizar los actos que la ley establece en forma inminente, ya que no está en su voluntad el intervenir o no en los actos de ejecución, sino que tienen que obedecer los mandamientos de la Ley combatida, no cabe respecto a ellas, el sobreseimiento, ya que no se ajusta a los términos de la fracción IV del artículo 74 de la Ley de Amparo, de conformidad con lo que se ha sostenido por esta Suprema Corte en jurisprudencia definida, tesis 42, página 111 Apéndice al Tomo XCVII del Semanario Judicial de la Federación.
Precedentes
Amparo en revisión 2703/55. Ingenio "El Potrero" y Coags. 2 de abril de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.